El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, suspendió por seis meses la resolución de la Secretaría de Comercio de la Nación que prohíbe a los Municipios bonaerenses cobrar una parte de las tasas municipales como parte de las facturas de servicios públicos, particularmente de luz y gas.
El fallo fue luego de una presentación hecha por el Municipio de Pilar y aplica exclusivamente para ese distrito, pero en rigor sienta un precedente para que el resto de las intendencias opten por ese mecanismo, tal como informó Primer Plano Online en diversos artículos. Hay una cuestión central que adujo el magistrado: el daño directo en las economías de las Municipalidades y la vulneración de su autonomía.
El pasado 18 de septiembre, González Charvay había dictado una medida precautelar en favor del planteo realizado por los abogados de la comuna y dio traslado del expediente al Ministerio de Economía para que exponga las razones de la decisión. Luego de leer la documentación estableció que ese Municipio podrá seguir incluyendo el cobro de tasas por seis meses hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
Los argumentos del Gobierno nacional y el fallo judicial que los desestima
En su descargo, los abogados del Palacio de Hacienda describieron que lo que no se puede realizar más es “la facturación conjunta o fusionada en un mismo documento respecto de cargos o tasas que resulten ajenos a la naturaleza y prestación del servicio”, porque cobrar todo junto podría derivar en “suspensión o interrupción” de la prestación, por ejemplo, la luz, “frente a la dificultad o la imposibilidad de afrontar el pago” en tiempo y forma.
“Los Municipios podrán seguir con los cobros de manera separada”, argumentaron. En rigor, lo que los Gobiernos locales deberían hacer es trasladar el monto que se abona en las boletas de Edenor o Edesur, por caso, a la tasa municipal. Sin embargo, el juez interpretó que la norma afecta la autonomía económica de las Municipalidades porque se le impide contar con un mecanismo “utilizado desde hace varios años” para garantizarse recursos propios.
De esta forma, los efectos de la resolución de la Secretaría de Comercio quedarán suspendidos en lo relativo a Pilar, que cobra la Tasa de Servicios Generales en la boleta de la luz y la de Vigilancia, Inspección y Desarrollo de Emprendimientos para la provisión del servicio público de gas en la de Naturgy BAN.
Ahora se espera para saber qué harán el resto de los Municipios, ya que desde mediados de octubre la resolución nacional empezará a regir con efectos concretos: el Gobierno nacional multará a las empresas que sigan instrumentando esos montos en las boletas de los servicios.