Terminó un capítulo y comenzó otro. Tras la sentencia por la explosión en la Escuela Nº 49 de Moreno que causó las muertes de la vicedirectora del establecimiento, Sandra Calamano, y del auxiliar Rubén Rodríguez, la justicia dejó abierta la puerta para que se investigue si hubo responsabilidades políticas pasibles de sanción.
Y hay cuatro figuras en la mira, luego del planteo realizado por el abogado Horacio Casalla, representante legal de las familias de las víctimas. Se trata de la exgobernadora María Eugenia Vidal; quien fuera su director general de Cultura y Educación, Gabriel Sánchez Zinny; el director provincial de Consejos Escolares, Marcelo Di Mario; y por último a quien se desempeñó como director provincial de Infraestructura, Mateo Nicholson.
¿Puede ser una exgobernadora condenada por un hecho ocurrido en una escuela? Para los gremios docentes, que vienen reclamando desde el minuto cero de la tragedia lo que consideran “justicia completa”, esta decisión que se desprende del fallo es un primer paso: la investigación de las responsabilidades políticas en un desastre que, quedó claro, era evitable.

“Las culpas intentaron quedar en el ámbito local, cuando jurídicamente las responsabilidades estaban muy por encima”, reflexionó Casalla en conversación con Primer Plano Online. “El hecho de haber dispuesto la avocación (intervención) en el Consejo Escolar de Moreno implica la asunción directa de responsabilidad por parte de Sánchez Zinny. El avocador no es otra cosa que el brazo ejecutor del director general de Cultura y Educación”, planteó el letrado.
La referencia del abogado fue hacia Sebastián Nasif, designado interventor en aquella gestión. Ese funcionario, junto a la expresidenta del cuerpo, Mónica Bergonzi, y el consejero escolar Jorge Galián, que tenía a su cargo el área de Infraestructura, recibieron la pena de dos años de prisión en suspenso por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público y cuatro años de inhabilitación para ejercer cargos públicos. Además, deberán cumplir tareas comunitarias no remuneradas por el tiempo de la condena.
Ahora, más allá de que la investigación deberá realizarse y que es protocolo ante el pedido hecho por la querella, la gran duda está vinculada al manejo del Estado y de la cosa pública. Si bien es la autoridad máxima, ¿es la gobernadora o un funcionario con rango de ministro pasible de sanción por algo que ocurre en un territorio en donde hay agentes designados para el control? Quedó claro en el fallo que a Cristian Ricobene, el gasista condenado a cinco años de prisión y diez de inhabilitación para ejercer su profesión, lo contrataron en el Consejo Escolar aún sin tener licencia habilitante para trabajar en escuelas.
¿Eso debía conocerlo la máxima autoridad de la provincia más extensa del país? Es, quizá, idéntico debate al que surgió con la condena a la actual vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner en la causa conocida como la obra pública en Santa Cruz. “La ley establece que todo lo que tiene que ver con el ámbito educativo, tanto lo que es infraestructura como lo pedagógico depende de la gobernación de la provincia. Por eso estamos ante una responsabilidad jurídica que debe analizarse”, precisó Casalla.
Además de la posible comisión del homicidio culposo, el abogado le requirió a la justicia que se investigue una posible asociación ilícita “respecto de la totalidad de los hechos” que derivaron en la explosión y en las muertes de Calamano y Rodríguez. “Se ha destapado en este juicio un ámbito de corrupción terrible, sobre todo con la facturación y las formas de contratación”, expresó el letrado. Para finalizar, Casalla dejó una reflexión: si tardó cinco años el juicio tras la tragedia del 2 de agosto de 2018, el camino que se abre ahora es complejo. “Yo creo que se acercan tiempos de lucha”, sentenció.












