Cinco años después de la tragedia que se llevó las vidas de la vicedirectora Sandra Calamano y del auxiliar Rubén Rodríguez, la justicia condenó a cuatro personas por los delitos de homicidio culposo e incumplimiento de los deberes de funcionario público y cerró el capítulo dramático de la explosión en la Escuela Nº 49 de Moreno.
El Tribunal Oral Criminal N°4 de Mercedes, a cargo de los jueces Patricia Viviana Guerrieri, Fabián Fernando Brahim y Claudia Esquivel, dio a conocer hace instantes el veredicto, que coincidió con el planteo realizado por la fiscal del juicio, Valeria Chapuis.
La pena más dura recayó sobre el gasista Cristian Ricobene, quien fue condenado a cinco años de prisión y 10 de inhabilitación para ejercer la profesión. Tras la lectura del veredicto el tribunal ordenó revocar su excarcelación y que empiece a cumplir la condena, aunque con una tobillera electrónica de monitoreo en su casa de Francisco Álvarez.

El fallo fue unánime. Y el delito que le imputaron al profesional fue el de homicidio culposo agravado por ser dos las víctimas fatales. En su alegato la fiscal había asegurado que “la trágica explosión se produjo por el actuar imprudente, negligente y con falta total de pericia” de Ricobene.
En su larga exposición, Chapuis recordó que “se pudo probar (en el juicio) que el 1 de agosto Ricobene se presentó en la escuela, recorrió las instalaciones con Sandra Calamano y particularmente la sala de donde provenía la pérdida de gas por la que lo llamaron”.
“Revisó una estufa de tiro balanceado y lo único que hizo, en forma indolente, fue cerrar la llave de gas. Le dio indicaciones de que cerrara la puerta para el otro día ir y corroborar la pérdida. Sin embargo, con una total falta de pericia, no verificó que la pérdida de gas provenía de otro lugar”, le espetó la fiscal.
Además, cuestionó que tenía suspendida su matrícula desde 2015, que además era categoría 3, que no lo habilitaba para realizar reparaciones e instalaciones en establecimientos educativos, sino que únicamente le permitía hacer instalaciones domésticas (categoría 2).
“Su matrícula la puso al día dos o tres días después de la explosión”, precisó. Por ese motivo solicitó, además del monto de prisión, la inhabilitación especial de diez años para ejercer como gasista y que su detención sea “inmediata” en caso de ser hallado culpable. Con todo eso coincidió el tribunal.

Asimismo, la justicia condenó a dos años de prisión en suspenso (no irán a la cárcel) y cuatro de inhabilitación para ejercer cargos públicos al interventor del Consejo Escolar de Moreno de aquel entonces, Sebastián Nasif; para la expresidenta del Consejo Escolar de Moreno, Mónica Berzoni; y para quien era consejero escolar en ese entonces, Jorge Galian, que estaba a cargo del área de infraestructura.
En esos casos el delito que les imputaron fue el de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Asimismo, el tribunal dispuso que una copia de la sentencia sea girada al Ministerio Público Fiscal de Moreno, para que evalúe si con lo que surgió en el debate hay algún posible delito de acción pública pasible de ser investigado.
En particular, gremios docentes como SUTEBA consideran que para que haya “justicia completa” faltan que sienten en el banquillo de los acusados los responsables directos y políticos. Apuntan, en concreto, a la exgobernadora María Eugenia Vidal; a quien fuera su director general de Cultura y Educación, Gabriel Sánchez Zinny; el responsable de los Consejos Escolares de la Provincia, Marcelo Di Mario; y el director provincial de Infraestructura de aquel entonces, Mateo Nicholson.