“Para esta gestión los problemas se solucionan de fondo”, se titula un comunicado publicado en sus redes sociales por el PAMI. Desde ayer circula el rumor de que los medicamentos gratuitos dejarán de entregarse a las más de cinco millones de personas beneficiarias de la obra social. Por eso la administración del organismo salió a precisar qué cambios se instrumentan con el arranque de diciembre.
“El PAMI da la mayor cobertura en medicamentos del sistema de salud. No sacamos ningún medicamento del vademécum y tenemos todos los medicamentos que por ley los tenemos que suministrar al 100% de cobertura. Hoy lo que nosotros también hicimos es fortalecer y relanzar el subsidio social, que siempre estuvo a disposición”, explicó Esteban Leguizamo, director ejecutivo del organismo.
En una entrevista con el canal La Nación+, el funcionario explicó que “todo aquel afiliado que no pueda pagar los medicamentos puede iniciar el trámite en cualquier agencia del PAMI para recibir el subsidio social”. “Así va a recibir la medicación gratis como corresponde. Es un trámite simple, rápido e inclusive lo puede iniciar por la web”, precisó.
En rigor, lo que cambia entonces es que cada persona que sea beneficiaria de la obra social deberá demostrar que no puede pagar su medicación. Así, para acceder a esos remedios con 100% de cobertura, los nuevos requisitos son:
-Tener ingresos netos menores a 1,5 haberes previsionales mínimos. Para los hogares que posean conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales deberán ser menores a 3 haberes previsionales mínimos.
–No encontrarse afiliado a un sistema de medicina prepaga concomitantemente con la afiliación al Instituto.
–No ser propietario de más de un (1) inmueble.
-No poseer aeronaves o embarcaciones de lujo.
–No poseer un vehículo con menos de diez (10) años de antigüedad, a excepción de los hogares que posean conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), quienes pueden ser titulares de hasta un vehículo con menos de diez (10) años de antigüedad.
-No ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.
De no cumplir con los puntos 1) y 2) y, siendo el costo en bolsillo de los medicamentos indicados para su tratamiento igual o mayor al 15% de sus ingresos, podrá solicitar la cobertura al 100% en medicamentos por razones sociales a través de un mecanismo de vía de excepción en el que se requerirá y evaluará:
–Informe social (Disposición 7339/GPSyC/13) y la escala de vulnerabilidad Socio-sanitaria (Disposición 306/GPSyC/05); y
-Revalidación médica.
El PAMI aclaró que no están alcanzados por estas restricciones los afiliados que son veteranos de Malvinas.
En caso de tener que tramitar el subsidio social esa gestión puede ser realizada por la persona afiliada, su apoderado/a o familiar. Para hacerlo se necesita:
–Documento Nacional de Identidad.
–Receta de la medicación solicitada, emitida por médica/o de cabecera o especialista con el diagnóstico que da origen a la prestación, en forma detallada o con codificación de la CIE-10 (Clasificación Internacional de Enfermedades, décima versión).
-Declaración Jurada
–En caso de necesitar más de 4 medicamentos por Subsidio Social, deberá presentar el formulario de medicamentos.
Para su renovación se requerirá receta de la medicación solicitada emitida por médica/o de cabecera o especialista con el diagnóstico que da origen a la prestación, en forma detallada o con codificación de la CIE-10 (Clasificación Internacional de Enfermedades, décima versión) y la declaración jurada.
Este es un trámite web que se puede ejecutar desde cualquier celular, tablet o computadora o en las agencias del organismo luego de solicitar un turno online.