La justicia federal de Morón dictó la prisión preventiva con arresto domiciliario con controles policiales azarosos y en horarios variables de Franco Emanuel Finocchiaro, el joven de 19 años que el pasado 5 de noviembre a las 6.40 pasó con la barrera baja el cruce a nivel de avenida Rivadavia y Urquiza, en Ramos Mejía, y provocó la muerte en el acto de su amiga Agustina Candela Albarracín (19) tras ser embestido el auto que manejaba por un tren de la línea Sarmiento.
Así lo decidió el juez Martín Ramos, quien procesó al conductor del Renault Sandero negro en el que viajaban otros dos jóvenes -Manuel Cainzos Reale y Valentina Di Lullo, quienes sufrieron lesiones- por el delito de homicidio culposo agravado, cuya pena en expectativa es de cinco años de prisión.
“Ingresó al paso a nivel correspondiente a la línea de trenes General Sarmiento pese a que las barreras se encontraban bajas y las chicharras funcionando –dando aviso del arribo inminente de un tren”, indicó el magistrado en la resolución a la que accedió primer Plano Online. En esa acción, el vehículo fue arrollado por la formación RC 25 que se desplazaba en dirección Once a Moreno.
Como se recordará, inmediatamente después del siniestro, y pese a que algunos de los ocupantes del auto estaban aún atrapados en su interior, el imputado descendió del rodado “y se dio a la fuga del lugar –presuntamente a bordo de otro vehículo aun no individualizado-, siendo detenido posteriormente al constituirse el personal policial en su domicilio particular”, indicó el magistrado. Esa huida es lo que agrava la imputación en su contra.
Efectivamente, cerca de las 8 apareció en el lugar un sujeto que dijo ser hermano del conductor y avisó que el chico estaba en su domicilio de Villa Sarmiento, sobre la calle Cramer al 100. Hacia allí se dirigió un móvil de la Policía, que logró su aprehensión mientras padre y madre estaban por llevarlo a un centro de salud por los golpes que presentaba en el rostro y porque vomitaba sangre.
Finocchiaro declaró en el expediente una vez que se lo aconsejó su abogado, Fernando Cabrera. En su exposición indicó que se encuentra “mal por el fallecimiento de ‘Agus’, mi amiga desde los tres años, con la que compartimos infancia, campamentos, las familias se conocen entre sí y se quedó a dormir en mi casa como yo en la de ella”.
En relación al acontecimiento en sí narró que ese día “no tenía ganas de salir”, ya que el día anterior Boca había perdido la final de la Copa Libertadores contra Fluminense, pero tuvo que hacerlo porque trabajaba como disk jockey en el boliche ‘Jagger’ y estaba contratado. Después de esa noche de diversión y labores, se ofreció llevar a las chicas hasta su casa, ya que tenían previsto volver en Uber, y ambas le dijeron que sí. Las dos se sentaron en la parte trasera.
En su versión sobre la llegada a esa esquina mortal, recordó que esperó que cambie el semáforo a verde y que se fijó si estaba el banderillero. “Como no estaba, quise asomarme a ver si venía el tren. Cuando avancé, estaba el tren demasiado cerca, por lo que frené e intenté poner marcha atrás. De ahí en más no recuerdo nada”, atestiguó.
Por otro lado, señaló que toda la vida estuvo por Ramos Mejía y sabe que las barreras de la ciudad “andan mal en ese y otros cruces”, y que confiaba que el banderillero le avisaría si venía la formación, ya que su función es esa, mediante un silbato o señas. No es menor eso que expresó: forma parte de la estrategia de su defensa que se evalúe la responsabilidad eventual del guardabarrera, que no estaba en ese lugar a la hora del siniestro.
El banderillero Ariel Emiliano Carranza, en tanto, fue citado a declarar en condición de testigo, y reconoció que su tarea consiste en ser “una precaución más en la barrera”. “Como está la barrera, la campana y el foco luminoso, refuerzo la señalización. Ese día tenía problemas estomacales: padecía cólicos que derivaron en vómitos”, fue lo que argumentó para justificar su ausencia en la vía. Sin embargo, lo más fuerte de sus dichos es la frase: “hay días que la barrera no funciona bien”.
El juez Ramos, de todos modos, descarta inicialmente con su resolución parte de ese planteo. “Que el guardabarrera no haya estado en su lugar no derriba el accionar impudente del imputado, toda vez que existían otras medidas de seguridad que sí funcionaban en ese momento e indicaban el arribo inminente de una formación férrea -barreras, luces, sirena y bocina- y éste omitió respetar”, señaló sobre Finocchiaro. Igualmente, la situación del trabajador no está resuelta.
El último dato saliente del expediente judicial: la División Química Legal de la Dirección de Policía Científica de La Matanza realizó los análisis de alcoholemia y toxicológicos al imputado y ambos dieron resultado “no detectable”, es decir, no había consumido ni bebidas alcohólicas ni drogas. Por eso la defensa del acusado apeló la calificación legal y reclamó que sea considerado un homicidio culposo.
Además del procesamiento con prisión preventiva y arresto domiciliario, el juez Ramos impuso un embargo de 40 millones de pesos sobre los bienes de Finocchiaro, dictó su prohibición de salida del país y, debido a que el servicio ferroviario prácticamente no estuvo interrumpido, se declaró incompetente para continuar con el caso, que será girado a la justicia de La Matanza.