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lunes, enero 20, 2025
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Piden que el Papa Francisco que aparte al cura Grassi del ejercicio sacerdotal

El abogado Juan Pablo Gallego, denunciante y elemento clave en la condena al cura Julio César Grassi, solicitó al Tribunal Oral Criminal Nº 1 de Morón que libre un exhorto al Vaticano para que el papa Francisco le quite el “estado canónico”, es decir, su estado sacerdotal, al religioso que está preso por ser considerado como un “delincuente sexual”.

Según el escrito al que tuvo acceso Primer Plano Online, el reclamo va en conformidad con lo que indica tanto la Carta Apostólica como las normas dictadas por la Santa Sede “para prevenir y combatir los abusos sexuales en la Iglesia”, sobre todo en el capítulo vinculado a la protección de menores y de personas vulnerables.

Fuentes judiciales confirmaron a este medio que el escrito fue girado por el Tribunal Oral Criminal Nº 1 de Morón, que fue el que condenó a Grassi, al Obispado de ese distrito, para que determine cuáles son los pasos a seguir según su reglamento interno. Así lo dispusieron los jueces Juan Carlos Uboldi y Claudio Chaminade.

Juli César Grassi fue condenado el 10 de junio de 2009 a la pena de 15 años de prisión por los delitos de abuso sexual agravado por resultar sacerdote, encargado de la educación y de la guarda del menor que fue víctima de las vejaciones, cometidas en noviembre y de diciembre de 1996 en la Fundación Felices los Niños de Hurlingham.

El pedido de Gallego fue realizado en un contexto en el que hace unos días trascendió la posibilidad de que el cura salga de la cárcel. ¿Motivo? El 30 de mayo de 2028 cumplirá el monto total de su condena, ya que la Cámara de Apelaciones de Morón la amplió en junio del año pasado al negarle la posibilidad de acceder al beneficio del 2×1 (si se le aplicaba, su pena vencía el 7 de agosto de 2026).

Sin embargo, cumpliría 10 años en prisión, dos terceras partes de su sentencia, por lo que podría pedir la libertad condicional. Se prevé que su abogado solicite el beneficio el mes próximo para que pueda transcurrir el resto de la pena en su casa. Se trata de un beneficio que no cabe en la actualidad para personas condenadas por delitos de índole sexual.

No obstante, al haber sido esa disposición reglamentada después del veredicto, el principio que rige en la ley penal es que se aplica la norma más benigna para condenado en caso de que una modificación del código lo perjudique.

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