La justicia suspende la aplicación del Nuevo Régimen Penal Juvenil en provincia de Buenos Aires

Si bien no se declaró la inconstitucionalidad, lo que una jueza de Minoridad determinó es que hay un universo más amplio de personas sometidas a procesos penales, pero sin crear las condiciones materiales, institucionales y profesionales indispensables para cumplir los estándares constitucionales y convencionales que rigen toda privación de la libertad durante la adolescencia.

Una jueza de Menores suspendió por 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires. Como informó Primer Plano Online en diversos artículos, la legislación tomó vigencia el pasado sábado 5 de septiembre y establece, entre otros aspectos, que adolescentes de 14 y 15 años ahora son punibles.

El fallo, al que accedió este medio, lleva la firma de Marta Pascual, responsable del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, quien debió resolver ante un planteo realizado por Familia Grande Hogar de Cristo, con el patrocinio letrado de la abogada Patricia Liguori. La resolución no se refiere a la constitucionalidad o no de la norma, sino que apunta a su instrumentación.

Fallo suspende el nuevo Régimen Penal Juvenil

“No cabe ninguna duda, y resulta de sentido común, que la aplicación inmediata de la ley amplía el universo de adolescentes punibles aumentará considerablemente la cantidad de personas privadas de la libertad. La experiencia en el ámbito de la judicatura especializada me lo aconseja: no respetar las condiciones mínimas de los derechos de los adolescentes detenidos tiene consecuencias futuras no deseadas para la propia sociedad”, afirmó la magistrada.

Hacinar menores, tarde o temprano incrementa los niveles de inseguridad y violencia”; agregó. “Como operadora del sistema penal juvenil, asumo la responsabilidad que me compete no sólo en la afectación de las garantías de los adolescentes en conflicto de la ley penal, sino también en preservar los intereses de la comunidad a la que deben regresar los jóvenes una vez cumplida la medida”, completó en uno de los tramos salientes de su resolución.

Agravamiento del estado de vulnerabilidad

Para finalizar, en las 6 carillas que tiene la resolución, la jueza también reflexiona sobre “el estado de situación actual de los dispositivos de privación de la libertad provincial”, léase, lanza un dardo directo a la administración de Axel Kicillof. “No permiten recibir una mayor cantidad de adolescentes sin afectar sus derechos fundamentales y agravar su estado de vulnerabilidad”, concluyó.

El pasado sábado entró en vigencia el nuevo Régimen Penal Juvenil. Desde entonces, menores de 14 y 15 años empiezan a ser punibles, siempre según el tipo de conflicto con la ley que enfrenten. Como sea, es apenas una primera etapa de una legislación que todavía no está claro cómo se instrumentará: no hubo ni un peso destinado a infraestructura y las condiciones de encierro en establecimientos para minoridad se encuentran saturados.

Esa es la gran duda que mantienen los operadores del sistema, tanto a nivel judicial como político. ¿A dónde se albergarán a aquellos adolescentes que pasan a ser plausibles de detención? La otra cuestión por resolver es qué ocurrirá con directivos de escuelas: es que desde la entrada en vigor deberán notificar situaciones que impliquen delitos, como daños o peleas entre estudiantes.

Aunque la reforma penal permitirá su judicialización, chicas y chicos seguirán enmarcados bajo un sistema especial y en ningún caso serán privados de su libertad en los mismos lugares que personas adultas. De hecho, la norma establece condenas, medidas alternativas y, en determinados casos, situaciones de encierro en régimen cerrado, pero con características siempre acordes a su condición de menores.

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