Las empresas que comercialicen bienes y servicios por internet o teléfono deben incluir un botón de arrepentimiento en sus páginas web y en sus aplicaciones. Este instrumento permite que las y los consumidores se puedan arrepentir de sus compras o contrataciones y tramitar la devolución de los productos o cancelar los servicios adquiridos.
Así lo estableció la Secretaría de Comercio Interior que depende del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación a través de la resolución 424/2020, publicada hoy en el boletín oficial. Allí se dispone que el “botón de arrepentimiento” debe alojarse en la página de inicio del sitio de Internet institucional de los proveedores de productos y servicios, o en la sección principal de las aplicaciones, con un link de acceso fácil y directo que deberá ocupar un lugar destacado, que no deje dudas respecto del trámite seleccionado.
Por resolución de la Secretaría de Comercio Interior, a partir de ahora, las tiendas online van a tener que poner a disposición de las y los consumidores un botón para facilitar el derecho a arrepentirse o devolver las compras realizadas.https://t.co/p8dIOUNLIN pic.twitter.com/aOsRQNcIKD
— Paula Español (@pauespanol) October 5, 2020
Las y los consumidores tienen un plazo de 10 días para manifestar su arrepentimiento desde la compra o recepción del bien. Si la adquisición del bien o servicio es telefónica o mediante internet los consumidores deberán gozar de este derecho mediante el botón de arrepentimiento, sin condicionamientos ni gastos a su cargo, y si ya fue recibido en el domicilio, el proveedor debe retirarlo del mismo modo.
En la relación de consumo, las y los consumidores tienen derecho a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno, teniendo en cuenta que el derecho a la información es uno de los elementos esenciales para limitar la asimetría entre consumidoras, consumidores y proveedores, conforme a lo establecido en el art. 42 de la Constitución Nacional.
Las empresas alcanzadas tienen un plazo de 60 días para adecuar sus sitios web a la norma. Frente a cualquier vulneración de sus derechos, las y los consumidores deben realizar el reclamo correspondiente ante la empresa proveedora. En caso de no obtener respuestas o que las mismas no sean satisfactorias, pueden ingresar sus reclamos en: https://www.argentina.gob.ar/iniciar-un-reclamo-ante-defensa-de-las-y-los-consumidores.










