INFORME EXCLUSIVO-Caso Candela: el tribunal apuntó a la complicidad policial y cuestionó “las desprolijidades y el desgobierno” que reinó en la investigación

El Tribunal en lo Criminal N° 3 de Morón, integrado por los doctores Mariela Moralejo Rivera, Raquel Renée Lafourcade y Diego Bonanno, condenó por unanimidad a prisión perpetua a Hugo Bermúdez y a Leonardo Jara, por considerarlos penalmente responsables de los delitos de privación ilegal de la libertad coactiva seguida de muerte de la niña Candela Sol Rodríguez, mientras que a Fabián Gómez le aplicó la pena de cuatro años de prisión por ser partícipe secundario en el secuestro de la menor. Hasta ahí la noticia dura de la sentencia conocida hoy. Pero Primer Plano On Line accedió al escrito en donde los magistrados sustentaron su fallo y se encontró con una serie de definiciones realmente fuertes en donde reparten responsabilidades a diferentes actores.

Los jueces dieron por acreditado que al menos tres personas, que a su vez conformaban una organización criminal más numerosa aún, el 22 de agosto de 2011 secuestraron a Candela en la esquina de su casa, en la intersección de Bustamante y Coraceros de Villa Tesei y, a bordo de una camioneta EcoSport negra, con su patente oculta, la trasladaron hacia la localidad de San Martin, donde permaneció cautiva por varios días, hecho que se repitió en el domicilio de Kiernan 992 de Villa Tesei, aunque muy brevemente.

Caso Candela
La casa de Kiernan 922, uno de los domicilios en los que estuvo cautiva Candela Sol Rodríguez

El tribunal también determinó que, mientras la menor estuvo en cautiverio en un lugar aún no determinado, entre las 20:30 horas del 29 de agosto y las 8:30 horas del 30 de agosto, el condenado Bermúdez mató a la víctima por asfixia mecánica por sofocación, al tiempo que abusaba sexualmente de la niña por vía anal. En ese tramo, los jueces describieron “el horror y la agonía” que sufrió Candela, dictaminada por el equipo de forenses que intervino en el caso.

Con relación a móvil de la privación de la libertad de la niña, para el tribunal quedó evidenciado que “se trató de un ajuste de cuentas contra el padre por algún acto ilícito que éste cometiera”. Vale recordar que cumplía por entonces una condena por piratería del asfalto, y siempre se barajó la hipótesis de que había participado en un hecho contra algún personaje importante del narcotráfico. “Así se desprende claramente del llamado telefónico que hiciera Jara. Se sospechó entonces fuertemente que esa persona podía ser Héctor “el Topo” Moreyra, quien desde un comienzo estuvo vinculado e imputado en la causa, incluso por los propios dichos del padre de Candela, aunque después esta línea investigativa increíblemente se desactivó”, se indica en la sentencia.

Respecto de Gómez, de los acusados el que recibió la menor pena, los jueces indican que “llamó mucho la atención que la particular damnificada Carola Labrador (madre de Candela) hubiera solicitado a través de sus abogados su libre absolución”, por entender que Candela nunca había estado en cautiverio en la casa de la Kiernan 992 de Villa Tesei, domicilio sobre el cual los jueces tuvieron por probado que el imputado había realizado tareas de inteligencia para determinar su aptitud como lugar de cautiverio.

Caso Candela
Carola Labrador con la imagen de su hija en el momento en que el tribunal dio su veredicto

La posición adoptada por Carola Labrador y sus abogados, ya había sido esbozada al presentar la millonaria demanda contra el Estado provincial, apoyándose en las conclusiones “de la mayoría” de la Comisión de Seguimiento creada por el Senado de la Provincia de Buenos Aires en 2012, en donde, dicen los magistrados, “entre las polémicas conclusiones se sostenía que la niña nunca había estado allí cautiva y que su ADN, allí encontrado, había sido plantado”.

En otro tramo fuerte del fallo, los jueces pusieron de resalto “las desprolijidades y el desgobierno” que reinó en la investigación desde el primer momento, producto de lo cual en el debate se abrieron cuanto menos 28 causas paralelas, muchas de las cuales pusieron de manifiesto “manipulación de la prueba por parte de los investigadores, la apropiación por parte de personal policial jerárquico de un inhibidor satelital que tenía Bermúdez en su domicilio, -que es un elemento propio de quienes actúan como la piratas del asfalto- , y la investigación en torno a cómo llegaron a ser testigos de identidad reservada quienes nunca tuvieron la calidad de tal”.

El fallo resaltó la necesidad de profundizar “no sólo las 28 causas que se formaron en el marco del debate, sino que además es fundamental la activación de la causa paralela llamada Candela II, donde se debería juzgar a los autores intelectuales del crimen y de cierta complicidad policial para con los mismos”.

Caso Candela
El santuario en memoria de Candela, a 30 metros de la Autopista del Oeste, donde fue hallado en cuerpo de la nena

Lo más visto

Artículos destacados

¿Lo leíste?

spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img