Los jueces Ricardo Borinsky y Víctor Horacio Violini, de la Sala 3 del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, serán los encargados de revisar el fallo por el cual Nicolás Hermosilla fue condenado a 9 años de prisión por ser considerado como autor penalmente responsable del delito de homicidio simple con dolo eventual en perjuicio del bebé Máximo Escalada, que tenía tan sólo 18 meses de vida cuando fue embestido por un auto manejado por el sentenciado mientras jugaba a la pelota en la puerta de su casa al cuidado de su hermana el 27 de septiembre de 2016.
La admisión del caso por parte del tribunal de alzada puso en alerta a los Escalada, que ven con temor que en esa instancia se pueda dar vuelta el fallo. En rigor, el pedido del abogado oficial que defendió a Hermosilla, Luis Pablo Carpaneto, fue que se cambie el motivo de la sentencia y que se lo juzgue por ser responsable de un homicidio de tipo culposo, es decir, que los magistrados consideren que no tuvo intenciones de matar.
Cabe recordar que los jueces Osvaldo Cedarri, Humberto González y Aníbal Termite, del Tribunal Oral Criminal 2 de Morón, consideraron que, debido a las advertencias que recibió el imputado debió haberse representado el daño que podía ocasionar su conducta, con los agravantes de que además manejaba sin registro, borracho y drogado. En la primera audiencia del juicio, Hermosilla había reconocido esa condición y se había disculpado diciendo que no tuvo intenciones de matar. Pero la condena que recayó sobre el asesino al volante fue de 9 años de cumplimiento efectivo.
Según pudo saber Primer Plano On Line, hay datos para todos los gustos: los magistrados han confirmado fallos con dolo eventual y también revirtieron condenas, interpretando los hechos como culposos y reduciendo las penas. Tal vez por eso es considerada como la “sala buena” en el mundillo judicial, quizá la más garantista de todas.
A partir de la notificación, la sala de Casación tiene sus plazos para resolver, que no será muy rápido: los plazos pueden llegar a ser entre los seis meses y un año. Asimismo, las partes pueden presentar sus recusaciones contra alguno de los jueces, cosa que difícilmente ocurra en este caso.