Respuesta breve, sin rodeos ni vueltas. Ante una pregunta vinculada al aumento en las percepciones que cobre el gobierno nacional sobre el dólar para viajar al exterior, la portavoz presidencial, Gabriela Cerruti, tuvo pocas palabras para contestar una requisitoria periodística en su rueda de prensa de los jueves.
“Cada vez hay más cepos a los cepos. Cepos a la importación, a la industria farmacéutica, productos alimenticios que ya están faltando en las góndolas, a las compras con tarjeta en dólares, pasajes en cuotas, compras al exterior. ¿No cree que se están vulnerando derechos constitucionales al ciudadano argentino?”, consultó Miguel Nicolich, cronista de Radio Rivadavia acreditado en la Casa Rosada.
“No, no creo. Muchas gracias”, respondió Cerruti. Y pasó a la siguiente interpelación.
La inquietud planteada por el periodista está vinculada al anuncio realizado ayer por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que dispuso una suba de la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para operaciones con tarjetas destinadas al consumo en dólares en viajes y gastos en el exterior, cuya alícuota pasará del 35% al 45%.
El objetivo de la medida, según describió el organismo, es “robustecer el frente fiscal a partir de la manifestación de capacidad contributiva de distintos sectores económicos”, y excluye a las compras de moneda extranjera para atesoramiento, que continuará con una alícuota del 35%.
Puntualmente, quedarán comprendidas en la nueva alícuota todas las operaciones de pago con tarjeta en dólares, incluidas las relacionadas con las extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior. También las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales, así como el pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen mediante tarjetas.
También quedan incluida la adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-, del país; y la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, en la medida en la que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado cambiario.