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domingo, enero 19, 2025
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Polémica por los docentes condenados por abusos: los denunciantes valoran el accionar de la justicia

Luego de las notas que publicó ayer Primer Plano On Line con la opinión del entorno cercano a Mariano Volta, el profesor de Educación Física condenado a 22 años de prisión por “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser cometido por el encargado de su educación en ocho oportunidades”, tal cual indica la sentencia, ahora la respuesta llega desde el sector denunciante.

El abogado Carlos Pousa Bogado, representante legal varias de las familias que llevaron el caso a los tribunales, tomó la voz cantante en nombre de los padres y explicó a Primer Plano On Line su postura sobre el desarrollo jurídico que tuvieron los casos de las siete nenas y el nene que contaron, a su manera, cuáles fueron los abusos que sufrieron.

Esos testimonios fueron tomados por los jueces Carlos Roberto Torti, Agustín Pablo Gossn y Pedro Rodríguez, además de los fiscales del juicio Antonio Ferreras y Marcelo Papávero, para condenar a Volta. Los 22 años que impusieron al docente tuvieron como agravante que cada hecho fue cometido, a consideración del tribunal, “en concurso ideal con corrupción de menores agravada por ser el autor el encargado de su educación”. Los casos juzgados ocurrieron entre los meses de abril y mayo de 2013, en las ciudades de Haedo y Morón, más concretamente en el jardín municipal 914 y en el colegio Almirante Brown.

Éste medio tuvo acceso al fallo judicial del caso Volta y a los fundamentos. Se pueden leer en el siguiente link:

 

Ver veredicto y sentencia (Causa Nº 4273)

 

En su análisis sobre el juicio, el defensor Pousa Bogado explicó a Primer Plano On Line que «existieron 13 pericias oficiales hechas por psicólogos”. “Todos los chicos fueron entrevistados por distintos peritos de manera oficial y coincidieron. La cámara Gesell se la realizamos a la nena más grande, que se podía expresar. Allí se dio cuenta del mecanismo que incluía frotaciones en la zona genital y hasta incluía eyaculaciones», señaló el abogado.

Tal cual está descripto en el fallo, la toma de declaración de esa niña fue realizada por la licenciada Paula María Alí, “quien preparó a FYE (el nombre de la menor no se revela) para la Cámara Gesell, que pese a estar muy ansiosa, explicándole de qué se trataba y calmándola, así pudo verbalizar y mostrar en su lenguaje todo lo que vivenció en los abusos sufridos”. Esa prueba fue tomada en presencia de la fiscal Valeria Courtade. Los jueces concluyeron que las preguntas de la especialista no fueron direccionadas a la nena y, por lo tanto, el testimonio surgido de allí era legítimo para el fallo posterior.

«La cámara Gesell estuvo filmada por la perito de parte de Volta, quien notó que no había fabulación ni mentira. Una nena de cinco años dijo qué ‘jueguitos’ hacía Mariano. Marcó en qué momento la tocaba y le colocaba la mano en zona genital, hasta se refirió al material orgánico que desprendía Volta».

En rigor, en la página 70 del fallo puede leerse un capítulo estremecedor a modo de conclusión de lo que relató la niña mediante ese mecanismo. “El nombre de Mariano se lo repitió otra vez y le dijo que le tocaba la colita y le tiraba caca en la cara y le salía del “pilín” que era blanca como la nube. Lo que revela la autenticidad del relato. Al pedirle que le diga cómo era esto, le dijo que después le iba a contar y se ponía tensa. Esto es algo que también se lo había dicho a la mamá mientras esperaba para ser recibida en la entrevista, le había dicho que Mariano le tiraba caca en la cara, que le salía del pilín y era blanca y le pregunta si se lo podía contar a ella”.

Los jueces afirmaron, asimismo, que “de ninguna manera se apreció que las preguntas fueran indicativas ni tuvieran algún tipo de mecanismo inductivo, como lo sugirió el defensor” de Volta, Mariano Ariel Álvarez.

Pousa Bogado, en respuesta a las afirmaciones del entorno del docente condenado, aclaró que «los cinco casos que son del colegio no son de la misma sala y los tres del jardín no tenían relación entre sí», en respuesta a otra acusación de los familiares del profesor, quienes afirmaban que todo era parte de una «acusación falsa» planeada por una madre. «La victoria de los padres hubiera sido perder el juicio para que no sea verdad lo que pasó, pero lo condenaron», concluyó.

PERSONALIDAD

En la condena que firmaron los magistrados Torti, Gossn y Rodríguez puede leerse también una definición sobre la personalidad del profesor de educación física condenado a 22 años de prisión. Lo describen así: “Se comprobó que tiene una personalidad con rasgos psicopáticos. Estos son una marcada disociación afectiva, egocentrismo excesivo, rasgos histéricos con tendencia a la manipulación, comportamiento desafectivizado y presentando una llamativa frialdad frente a los hechos que se le imputan”. Y agregan: “No se trata aquí de dar por probados los hechos a partir de su personalidad, sino de señalar uno más de los elementos probatorios que los confirma en tanto fundamenta la motivación de su conducta”.

Los jueces también señalaron: “Justamente esas características histéricas y la tendencia a la manipulación es la que lo hace aparecer como agradable y simpático e incapaz de cometer estos hechos frente a los ojos de sus compañeras”. Son todas palabras que se pueden leer en el fallo.

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