El vocero presidencial, Manuel Adorni, anunció hoy que por orden del Presidente de la Nación, Javier Milei, la Anses dio de baja las asignaciones de privilegio que percibía Cristina Fernández de Kirchner tanto en su condición de expresidenta como en la derivada por pensión del fallecido expresidente Néstor Kirchner.
Según precisó el funcionario, la decisión representa “un ahorro de unos 21.827.624 pesos” mensuales. Adorni también señaló que el beneficio previsto por la ley 24.018 “se otorga con carácter excepcional y extraordinario como contraprestación al honor, el mérito y el buen desempeño en el cargo”, y dio a entender que la exmandataria no es merecedora de percibirlo.
“La señora Cristina Kirchner fue condenada por la Cámara de Casación Penal, en la Causa Vialidad, como autora del delito de administración fraudulenta, una sentencia que representa lo contrario al honor, al mérito y al buen desempeño”.
En ese orden, puntualizó que “la jubilación a ex mandatarios es un privilegio que no debería existir en la Argentina, más aún si quien la percibe está condenada por estafar desde las más altas esferas del poder a millones de argentinos que vieron esfumarse sus esperanzas a manos de la política”.
— Ministerio de Capital Humano (@MinCapHum_Ar) November 14, 2024
Asimismo, enfatizó que “durante el mandato del presidente Milei, Argentina no va a destinar fondos a ninguna persona que esté condenada por corrupción y que haya mancillado el honor y la dignidad de los argentinos”.
La decisión es cuanto menos curiosa porque la condena contra la expresidenta no está firme y resta una última revisión de parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Recién ahí se podrá considerar como tal. Es decir, técnicamente todavía Cristina Fernández de Kirchner es inocente según los preceptos establecidos en la Constitución Nacional.
De hecho, una pregunta ya fluye en el ámbito de la política. ¿Quedará firme esta decisión administrativa si la exmandataria acude a la justicia para solicitar un amparo y seguir cobrando la jubilación y la pensión? ¿Y si la Corte, al final del recorrido, da vuelta el fallo? Dudas que no tendrán respuestas hasta que pase el tiempo.








