La empresa de medicina prepaga OSDE debió cumplir con lo dispuesto por la Justicia Municipal de Faltas de Morón y resarció económicamente a un jubilado que había iniciado un reclamo ante la Dirección de Defensa de Usuarios y Consumidores municipal por no poder afrontar los aumentos arbitrarios de la prestadora de servicios de salud.
Se trata de un fallo dictado por el juez de Falta Enrique Louteiro, a cargo del Juzgado de Faltas Nº1 de ese distrito, que previo al dictado de la sentencia había enviado varias intimaciones a la prestataria para que se ajuste a la sentencia que la obligaba a frenar el aumento y realizar la refacturación de acuerdo del Índice de Variación Salarial. Además de readecuar el plan e indemnizar al vecino, la prepaga debió pagar una multa al Municipio.
En conversación con Adrián Noriega y Norman Díaz durante la emisión del programa periodístico Primer Plano por canal 7 de Flow, el magistrado interventor describió que la decisión estuvo enmarcada en el nuevo escenario que se presentó con el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23, que desreguló los costos de las prestaciones que brindan este tipo de empresas de medicina.
Esa legislación “limitó algunas facultades de actuación de las autoridades administrativas y demás, precipitó lo que tiene que ver con un alza demasiado importante o irrazonable, entendemos nosotros, de una cantidad de bienes y de servicios, y en este caso con la medicina prepaga también”. Es por eso que intervino la Justicia de Faltas comunal ante el planteo del jubilado que no podía pagar semejante nivel de incremento, que en muchos casos superó el 100% de lo que venían pagando.
“Hay vasta jurisprudencia y fallos que procuran limitar, atenuar aumentos que sean desmedidos, en este caso en una cuestión tan sensible como es una prestación de un servicio de salud para población más vulnerable, como es una persona adulta mayor”, agregó el magistrado.
El recorrido judicial del expediente y qué sanción tuvo la empresa
Según se informó desde el Municipio, el caso se inició a comienzos de este año cuando un vecino de Morón presentó un reclamo en la Dirección de Defensa de Usuarios y Consumidores municipal por el “desmedido aumento” que recibió por parte de su prepaga de salud.
El 27 de febrero la Justicia Municipal de Faltas de Morón dictó una medida preventiva que frenaba el cobro de las facturas de la empresa de salud. Finalmente, el 30 de julio se dictó el fallo definitivo para evitar la “imposición de aumentos arbitrarios y desmedidos” de un servicio vital para la salud de las personas.
Con la sentencia firme, la empresa Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) estuvo obligada a cumplir con el fallo del juez Louteiro, que además le ordenó garantizar el servicio a una persona adulta mayor pague o no lo que pretendían cobrarle.
Es que, al mismo tiempo, la resolución estableció que se dejen sin efecto los incrementos anunciados por la empresa para enero, febrero, marzo y meses subsiguientes. De esta manera, la facturación deberá quedar fijada mensualmente de acuerdo a la Variación de un Índice Salarial denominado RIPTE.
La medida se dictó en función del art. 4 de la Ley de Medicina Prepaga, la Ley Nacional de Defensa del Consumidor 24.240 y las previsiones de Ley 13.133 (Código Provincial de Usuarios y Consumidores) ante una presentación realizada ante la Dirección de Defensa de Usuarios y Consumidores del Municipio de Morón.
A dónde dirigirse para realizar planteos similares
En caso de necesitar asesoramiento, vecinos y vecinas de Morón se pueden comunicar a la Dirección de Defensa del Usuario y el Consumidor por correo a [email protected], al teléfono 60788046 y por WhatsApp al 1131565691.