El Juzgado Civil y Comercial N° 8 de Morón condenó a la empresa ADIFFA S.A., propietaria del local McDonald’s de Castelar norte, a indemnizar por daños y perjuicios a una clienta que se resbaló al bajar por las escaleras, que habían sido trapeadas por un trabajador, estaban todavía húmedas y sin ningún tipo de señalización o advertencia.
Según el fallo firmado por el juez Christian Magnoni, al que accedió Primer Plano Online, los hechos ocurrieron el 24 de febrero de 2023 al mediodía en el comercio ubicado sobre la avenida Santa Rosa al 1500, esquina Sarmiento. Luego de almorzar, la víctima -de 33 años- se retiraba para continuar con sus actividades y, mientras bajaba, resbaló y comenzó a rodar por la escalera.
En su presentación judicial, la mujer detalló que el accidente “se produjo debido a que un empleado del establecimiento había trapeado la escalera y esta había quedado húmeda, sin ningún cartel de advertencia ni medida de precaución alguna que haya advertido a los clientes del estado resbaladizo del piso, lo que determinó que patinara y cayera pesadamente, sufriendo lesiones de gravedad”.
Efectivamente, la clienta fue trasladada al Hospital del Bicentenario de Ituzaingó, donde fue asistida y luego derivada a otros centros asistenciales. Tuvo lesiones en la zona cervical y lumbar y hasta sufrió la rotura de una prótesis mamaria, por la que debió ser operada en mayo de ese año. Además, debió usar cuello ortopédico, recibió sesiones de kinesiología y quedó, según lo que expuso, con dolores constantes y una disminución de sus capacidades físicas, sumado al daño psicológico.
“La empresa ha incumplido ese deber de seguridad”
Luego de analizar todos los elementos aportados al expediente, la justicia resolvió condenar a la empresa por varios motivos. Uno de los principales fue que, curiosamente, la empresa alegó en su defensa “cierta torpeza” de la víctima al descender por la escalera como el uso de calzado no acorde, pero no ofreció ni produjo un medio probatorio idóneo que lo acredite. Es más: empleados declararon que hay cámaras de seguridad en el comercio cuya filmación se borra luego de un tiempo determinado.
Esa conducta, de no colaborar en la búsqueda de la verdad, fue tomada como “presunciones en su contra” por parte del magistrado, que lo único que pudo acreditar en el expediente fueron las lesiones que padeció la mujer que cayó por las escaleras. Por eso la “responsabilidad objetiva” sobre el incidente recayó en la empresa.

“La accionada (McDonald’s) ha incumplido ese deber de seguridad”, estableció el juez Magnoni en su resolución, quien determinó que la empresa debe abonar un monto de $19.125.162,21 en concepto de compensación por los daños sufridos por la mujer. “Toda indemnización debe ser establecida con arreglo al perjuicio sufrido por la persona”, indicó el magistrado.
La víctima, casada, con dos hijos y remisera al momento del hecho, debió ser intervenida para el recambio de una prótesis mamaria, sufrió limitación cervical y alteraciones en discos intervertebrales, lesiones que le impidieron trabajar y realizar sus actividades cotidianas.
La relación de consumo está contemplada en la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, modificada luego por la Ley 26.361, y protegida por el artículo 42 de la Constitución Nacional. La demanda también podrá ejecutarse también contra la compañía Zurich Argentina, la aseguradora del local.











