19.2 C
Buenos Aires
jueves, noviembre 20, 2025
spot_img

La Corte Suprema confirmó la condena contra Mariano Volta por abusos sexuales en jardines de Morón

El docente de educación física purga 22 años de prisión y los recursos que fue presentando en diversas instancias obtuvieron idéntico revés. Antes de la resolución del máximo tribunal de justicia, el procurador interino, Eduardo Casal, había interpretado que la revisión de la sentencia era “inadmisible”.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró “inadmisible” el recurso de queja presentado por la defensa del docente Mariano Volta, condenado a 22 años de prisión por abusos sexuales cometidos en dos jardines de infantes de Morón en los que dictaba clases. Con esta decisión, la sentencia quedó confirmada.

Por unanimidad de sus integrantes Horacio Rosatti, Carlos Rozenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal coincidió con el dictamen realizado por el procurador interino, Ricardo Casal, quien había reflexionado que las críticas expresadas por la defensa de Volta en el recurso presentado están basadas en “su disconformidad con las conclusiones arribadas por los jueces, que son contrarias a sus pretensiones, pero no a la ausencia o defecto de tal análisis, sin que se adviertan los vicios alegados que habilitarían su descalificación como acto jurisdiccional válido”.

Caso Mariano Volta
Familiares, compañeros de trabajo y amigos siguen defendiendo la inocencia del docente condenado por abuso: la sentencia ya quedó firme

En rigor, los recursos que llegan a la Corte “no tienen por objeto corregir sentencias equivocadas por la discrepancia de la parte con la selección y valoración de la prueba realizada por los jueces de la causa, ya que no incumbe al Tribunal superior juzgar -tal como si fuera una tercera instancia ordinaria de revisión- sobre el acierto o el error de la decisión con respecto al valor o alcance de la prueba, facultad ésta que es propia de aquéllos”.

La condena original, dictada en 2016

Cabe recordar que la sentencia original contra el profesor fue dictada por el Tribunal Oral Criminal N° 4 de Morón en noviembre de 2016 por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción de menores doblemente agravada por hechos cometidos contra siete menores del Instituto Almirante Brown, tradicional colegio de Haedo, y uno más del jardín municipal 914 de Morón.

De la cantidad de casos que llegaron a debate, había distintos sometimientos que lograron ser descubiertos por las conductas cotidianas que repetían niñas y niños, cosa que fue fundamentada por el representante legal de las familias denunciantes, el abogado Carlos Bogado, quien argumentó: “quedó claro lo que dijo uno de los especialistas intervinientes: el daño que provocó a los chicos es el equivalente a un disparo en la cabeza”.

Después del juicio Primer Plano Online entrevistó a Pedro Rodríguez, uno de los jueces que actuó en el juzgamiento de Volta, que detalló los alcances del proceso y explicó por qué el tribunal consideró por probados los abusos. La sentencia luego fue confirmada por la sala VI de Casación Penal bonaerense, que rechazó la apelación presentada por las abogadas Patricia Perelló y Noelia Agüero, las mismas defensoras de Volta ante la Corte Suprema.

Lo más visto

Artículos destacados

¿Lo leíste?

spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img