Un empresario de Ituzaingó condenado en juicio abreviado por los delitos de amenazas y desobediencias reiteradas en una causa en la que fue denunciado por su exesposa recibió una pena de un año y cuatro meses de prisión en suspenso y la prohibición de acercamiento a cinco metros. Así, como se lee. Ahora, ante nuevos incidentes ocurridos, un tribunal de alzada amplió la restricción y definió que el tiempo transcurrido no cuenta para el cómputo de la pena.
El protagonista de esta historia es Aldo Daniel Argüelles, propietario de la firma Maquimax, de la que este medio informó en varias ocasiones. La última a raíz de un curioso incendio que sufrió en su local de venta de maquinarias y herramientas ubicado sobre colectora norte de la Autopista del Oeste, casi en la esquina de la bajada de Santa Rosa, en Ituzaingó. Por ese hecho y por otra serie de irregularidades detectadas, el Municipio clausuró definitivamente el comercio y decomisó la mercadería que había en el lugar.
Desde que esa historia y las dudas alrededor del siniestro se hicieron públicas a través de un artículo de Primer Plano Online, este medio supo que de fondo había una historia familiar de violencia tramitada en tribunales. De hecho, el dueño de esa firma fue condenado y recibió la restricción de acercamiento pero a una distancia irrisoria, de la que no se conocen antecedentes.
Esa decisión fue adoptada por la jueza correccional Graciela Julia Angriman, quien le había impuesto a Argüelles el cumplimiento por dos años de pautas de conducta, entre las cuales estaban fijar un lugar de residencia, presentarse ante el juzgado periódicamente y cesar toda clase de hostigamiento hacia Graciela Noemí Dol, su expareja y denunciante.
La condena, que no es de cumplimiento efectivo, tiene fecha del 26 de diciembre de 2022. Sin embargo, en agosto de 2023, cuando todavía no se había cumplido el plazo, Argüelles volvió a provocar un incidente con la mujer, en el que según lo denunciado por la víctima el agresor bajó del auto en el que circulaba y la desafió amenazante: “ves, me paro acá cuando quiero, me cago en los jueces, en la Policía… Te voy a seguir viendo cuando quiera y vos vas a seguir acá hasta que yo quiera”.
Es por eso que la propia jueza revocó su fallo y dispuso que la condena, a raíz de la desobediencia, sea convertida en una pena de cumplimiento efectivo. La defensa apeló la decisión, y fue elevado el tratamiento a la Cámara de Apelaciones de Morón. Ayer, la Sala 1 de esa dependencia judicial resolvió que todo lo transitado hasta el momento por Argüelles no cuenta como cumplimiento de pena y amplió el radio de prohibición de acercamiento a 500 metros y con uso obligatorio de pulsera electrónica con GPS.
Es decir, el empresario no irá preso, pero tiene que cuidarse de no acercarse a la víctima porque en caso de tener algún tipo de contacto no habrá opción: terminará en la cárcel. “Con esta decisión su condena vuelve a fojas cero: deberá cumplirla de ahora en adelante”, detallaron fuentes judiciales consultadas por Primer Plano Online.