Otro caso espeluznante termina con una condena ejemplar de parte de la justicia contra un abusador de menores. En este caso, el Tribunal Oral Criminal Nº 3 de Morón dio a conocer el veredicto contra Eleuterio Próspero Arroyo, pareja de la madre adoptiva de las mellizas M. y S., que sufrieron abusos (en el caso de M. violaciones reiteradas y en el de S. tocamientos obscenos), quien deberá cumplir 15 años de cárcel.
Los jueces Mariela Moralejo Rivera, Diego Bonanno y María Dolores Pérez Ugidos encontraron al sujeto culpable del delito de abuso sexual contra una menor de dieciocho años de edad agravado -por ser el imputado- encargado de la guarda y aprovecharse de la situación de convivencia preexistente con la víctima. Tras la lectura del fallo, que el acusado presenció ya que llegó libre al juicio, el hombre fue inmediatamente detenido, más allá de que su abogado, el defensor oficial Gabriel Corsi, hizo saber que recurrirá al Tribunal de Casación para que se revise la sentencia.
Si bien en un primer momento se esperaba un debate complejo, los testimonios de M., víctima de las violaciones de Arroyo, sumado a los informes médicos y las exposiciones de los peritos y especialistas que intervinieron en la etapa de instrucción fueron claves para llegar a la condena.
Pero los magistrados también pidieron que se vuelvan a investigar dos cuestiones que quedaron expuestas en el juicio. Por un lado, los abusos (que no fueron con acceso carnal sino tocamientos de sus pechos y caricias en la espalda por debajo de la remera) que padeció S., la melliza de M. Por el otro, la conducta de la madre adoptiva de ambas, a quien definieron como un “monstruo” dado que nunca creyó en la denuncia de sus propias hijas, a las que debía proteger.
“Claro resulta ver ahora, fundamentado aquello que una madre ausente termina siendo la concausa de todo aquello que luego sus hijas terminaran sufriendo. Un verdadero monstruo sobre el que, comparto con el Dr. Moyano (NdR: fiscal del juicio), se debería investigar si su omisión en el actuar no constituye delito, razón por la cual he de acompañar al mismo con su pedido de la formación de una investigación al respecto”, indica uno de los párrafos más fuertes del veredicto.
Otro de los aspectos que tomó como válido el tribunal es que el ahora condenado mostró, en las diversas pericias a las que fue sometido, que “el principio del placer puede imponerse sobre el principio de realidad”, manifestó “conflictos en el área de la sexualidad” y que Eleuterio Próspero Arroyo “presenta características compatibles con un trastorno de la personalidad”.
Además, otro elemento clave en esta historia lúgubre lo aportaron Gloria y Griselda, secretaria y preceptora del establecimiento educativo al que asistía M., a las que se acercó la noche del último abuso sufrido a preguntarles si era normal eso que estaba padeciendo. Fueron ellas quienes activaron el protocolo de rigor y elevaron la denuncia en la Comisaría de la Mujer y la Familia. Sin esa acción quizá la causa jamás hubiera llegado a los tribunales.