La Suprema Corte de Justicia bonaerense declaró hoy admisible el recurso de queja presentado por el fiscal Carlos Altuve y suspendió provisionalmente las medidas dispuestas por el Tribunal de Casación Penal que habilitaban la prisión domiciliaria para presos que integran el grupo de riesgo de contraer coronavirus.
El máximo tribunal provincial comunicó que aceptó tratar el recurso que presentó el fiscal de Casación bonaerense para que se revoque el hábeas corpus colectivo que habilita la prisión domiciliaria y ordenó la secuencia del trámite previo a la sentencia de fondo. En concreto, queda en suspenso la determinación, aunque no tiene injerencia directa sobre las decisiones que ya se tomaron en el marco de la conocida como doctrina Violini, en virtud del juez que resolvió las morigeraciones.
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La queja presentada por Altuve indicaba que el tribunal de Casación se había arrogado una competencia que era natural de cada juez de primera instancia, que es el que tiene en sus manos cada causa y posterior condena. “Son ellos los que deben resolver, porque son quienes cuentan con la información respectiva para otorgar un arresto domiciliario”, precisó el fiscal.
A partir de aceptar la queja, la Corte abre nuevos pasos procesales hacia adelante. Entonces, si el máximo tribunal revoca el hábeas corpus colectivo, los detenidos que fueron beneficiados con el arresto domiciliario por la pandemia de coronavirus deberán volver a prisión. Caso contrario, si mantiene lo dictaminado por Casación, todo queda como hasta ahora.
La resolución fue firmada digitalmente por los jueces Daniel Fernando Soria, Luis Esteban Genoud, Eduardo Julio Pettigiani, Hilda Kogan, Sergio Gabriel Torres y Eduardo Néstor de Lázzari, todos miembros de la Suprema Corte provincial.