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viernes, octubre 4, 2024
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El futuro llegó a la justicia con un fallo humanizante: autorizan a que una mujer pueda gestar al hijo de su hermana

En un fallo que registra pocos antecedentes en nuestro país, la Justicia de La Plata autorizó que una pareja tenga su primer hijo por medio de gestación subrogada: luego de años de intentar formar una familia y no poder lograrlo, será la hermana de la mujer quien ahora lleve adelante el embarazo del que será su sobrino o sobrina.

El fallo pertenece al juez Mauro Javier Cerdá, a cargo del juzgado Nº8 de La Plata, quien autorizó a la hermana de la mujer solicitante no sólo que pueda gestar a su sobrino, sino que el o los bebés que nazcan sean inscriptos como hijos biológicos de la pareja.

Los protagonistas de esta historia, que fue revelada por el diario El Día, se encuentran en pareja desde hace 9 años y tienen, según lo describe el fallo judicial, “el profundo deseo ser padres y consolidar de esa manera la familia que conforman”. Naturalmente, la identidad de ambos se mantiene en reserva.

Si bien el deseo de formar una familia comenzó mucho antes, la verdadera lucha de la pareja arrancó en 2015, cuando Julia sufrió la interrupción de su embarazo en la semana 23 debido a complicaciones en su cuadro sanitario que derivaron en la realización de una histerectomía que desde entonces le impide volver a quedar embarazada.

Pero el deseo de ser padres nunca dejó de crecer. La hermana de la mujer fue madre en tres oportunidades y se ofreció a gestar a su sobrino -una técnica no aceptada por la legislación vigente-, cosa que el magistrado autorizó. Así, el tratamiento permitirá que el vientre de su tía geste al que será su sobrino o sobrina, en un gesto que el propio juez define en su fallo como “un acto de absoluto amor y entrega”.

El propio magistrado también incurrió, en su resolución, en una mirada que va más allá del acto en sí mismo. “Tratándose de una técnica no receptada por nuestra legislación vigente, el centro de salud reproductiva exige una autorización judicial para poder realizar el tratamiento”, algo que es justamente lo que habilita su intervención. Además, precisa que la hermana de la mujer “no obtendrá ninguna remuneración por participar en el tratamiento; que la misma en la actualidad se encuentra soltera y que el procedimiento propuesto es la única vía posible para alcanzar la paternidad/maternidad”.

Como se sabe, el método autorizado por el juez es conocido como “gestación por sustitución” e implica la transferencia de un embrión -conformado por óvulo y espermatozoide de una pareja- en el cuerpo de otra mujer, que en este caso es la hermana de la solicitante.

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