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lunes, enero 20, 2025
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El Frente Renovador no bloqueará modificar la ley que impone límites a las reelecciones de intendentes

“Es un tema que podría llegar a estar en la mesa. Desconozco cuál es el resultado final de ese tema”, manifestó el flamante presidente de la Cámara de Diputados bonaerense, Alexis Guerrera. Según dejó entrever, será una cuestión a resolver en base a la cantidad de voluntades legislativas se reúnan.

El río suena y aguas trae. Efectivamente, los intendentes tienen la decisión política de eliminar la ley que impone límite a las reelecciones y van por todo. Como reveló el ministro de Gobierno, Carlos Bianco, el tema figura en la mesa de negociación para retomar el diálogo con la oposición en busca de sancionar el Presupuesto para 2025, la Ley Fiscal y el Endeudamiento.

En diálogo con el diario Ámbito Financiero, el flamante presidente de la Cámara de Diputados bonaerense, Alexis Guerrera, también reveló que esa cuestión es parte de la agenda de la política. Y más aún: que el Frente Renovador, fuerza a la que pertenece, no será un obstáculo para derogar la norma.

“¿Y el fin del límite a las reelecciones indefinidas se puede discutir ahora?”, lo indagó la periodista Juliana Ricaldoni. “Es un tema que podría llegar a estar en la mesa. Desconozco cuál es el resultado final de ese tema”, contestó el legislador.

“¿El Frente Renovador sigue estando en contra de reinstalar las elecciones indefinidas, o en función de las necesidades para la aprobación de estas leyes, puede llegar a rever su postura?”, insistió la cronista. “El massismo, si hay número para tratarla, no va a ser un obstáculo para su tratamiento, ni una piedra el camino”, enfatizó Guerrera.

La chance de modificar la norma, que sólo habilita en la actualidad dos mandatos consecutivos para los cargos de intendentes, diputados y senadores provinciales, concejales y consejeros escolares, está más latente que nunca. De la región oeste quienes no pueden ir por otro mandato en 2027 si se mantiene la ley son Mariel Fernández (Moreno), Lucas Ghi (Morón), Gustavo Menéndez (Merlo), Fernando Espinoza (La Matanza), de Unión por la Patria; y Diego Valenzuela (Tres de Febrero), del Pro.

El caso Formosa y la decisión de la Corte Suprema de Nación

La Corte Suprema de Justicia declaró la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución de la provincia de Formosa, que permite la reelección indefinida del gobernador. En este caso, la decisión impacta en el peronista Gildo Insfrán, quien está en el poder desde 1995, hace 29 años. El fallo fue unánime y lo firmaron los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.

Los supremos hicieron hincapié en varios aspectos que parecieron teledirigidos a la política local. “Las reformas sucesivas de la Constitución provincial para permitir nuevas reelecciones de quien fuera finalmente electo es un síntoma revelador de una influencia política siempre creciente y, finalmente, desmesurada, al punto de ser capaz de modelar la ley suprema de la provincia no para satisfacer de un modo más perfecto el bien común, sino para permitir la concreción de un proyecto político personal”, sentenciaron.

Si bien la decisión aplica al caso particular de Formosa, el manoseo a la Carta Magna es lo que puso de relieve el máximo tribunal de justicia. Es decir, modificar sistemáticamente las reglas del juego por uno u otro motivo. La ley que limita la reelección de cargos electivos en la provincia de Buenos Aires fue votada en 2016, durante la gestión de María Eugenia Vidal, y retocada a finales de 2022 para habilitar que intendentes vayan por otro mandato. En rigor, lo justifican en que se trató de una corrección a un error de origen.

“La ventaja electoral que supone el hecho de que el candidato, actualmente en el poder, haya tenido durante tantos años el control de la agenda política y legislativa, el manejo de los fondos públicos, una gran cobertura en los medios de comunicación, el control sobre los instrumentos de poder estatal, entre otros, se traduce en una significativa concentración de poder que rompe las condiciones generales de igualdad en la competencia electoral”, insistió la Corte en relación al caso Formosa.

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