En un fallo histórico, el Juzgado Comercial N°1 de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo del juez Alberto Alemán, dictó la primera condena económica contra Leonardo Cositorto y otros responsables de Generación Zoe por “incumplimiento contractual” y “defraudación a inversores” de personas que depositaron su confianza y ahorros en la empresa.
La sentencia ordena el pago de algo más de 400 mil dólares (414.615,74) más intereses en favor de un grupo de damnificados que inició la demanda. El caso expuso el esquema de estafa piramidal montado por Cositorto y sus socios, quienes prometían a inversores rentabilidades irreales del 7,5% mensual en moneda estadounidense, así como beneficios adicionales mediante un sistema de referidos.
Las pruebas presentadas demostraron que los fondos de los inversores nunca fueron reintegrados y que la empresa dejó de operar abruptamente
El tribunal reconoció a cada uno de los demandantes como “consumidores” bajo la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, algo que les permitió a las víctimas acceder al beneficio de justicia gratuita, es decir, no pagar por litigar. En el veredicto condenatorio, asimismo, se destacó que la “publicidad engañosa” de Generación Zoe, difundida a través de medios de comunicación y redes sociales, “fue clave” para atraer a los inversores y perpetuar la estafa.
“El fallo es un precedente clave en la lucha contra los esquemas fraudulentos y marca un hito al ser la primera condena de carácter económico contra Leonardo Cositorto en Argentina. Esta decisión judicial sienta las bases para futuras resoluciones en favor de otras víctimas afectadas por la estructura de Generación Zoe”, reflexionó Germán Navas, abogado oriundo de Morón que actuó en la causa como representante de las víctimas y además es el titular de la delegación local de la Defensoría del Pueblo bonaerense.
Cómo era el esquema denunciado
Cada uno de los denunciantes contó ante la justicia que para ingresar a Generación Zoe le solicitaban una inversión obligatoria mínima llamada “membresía” de 400 dólares iniciales, aunque también existían membresías más costosas llamadas “Premium” de U$D 1.000, U$D 2.000 o incluso U$D 5.000.

Narraron, asimismo, que si bien todos abonaron el monto mínimo de ingreso, algunos lo hicieron a través de la opción Premium. Agregaron que en todos los casos la inversión era a tres años, con la promesa que generaría un beneficio económico del 7,5% de interés mensual, lo que resultaba sumamente atractivo dado que era un interés mucho mayor al ofrecido por cualquier entidad financiera.
Agregaron que también se les informó en aquella oportunidad que, promocionalmente, al ingresar a Zoe serían beneficiados con un incremento del 20% y en ocasiones con el 40% sobre los montos depositados, a ello se le llamaba apalancamiento. Ejemplificaron dichas condiciones al mencionar que, si una persona ingresaba activos por mil dólares, se acreditaba un rubro aparte de doscientos dólares más por ese concepto.
Siguieron con su relato al decir que además les prometieron a todos que serían capacitados financieramente mediante la técnica del coaching ontológico, lo que la empresa llamaba Inversión en Fideicomiso, y utilizaba distintos nombres fantasía, por ejemplo Fideicomiso Activo Líder Coach’ que jamás se registró legalmente.
Así hubo una serie de promesas más, luego convertidas en engaño, en las que cada inversor creyó. Tanto en Generación Zoe como sistema como en sus líderes, particularmente en las figuras de Leonardo Cositorto y Maximiliano Javier Batista, quienes les generaron “la suficiente confianza para decidir invertir sus ahorros de toda la vida”. Por otro lado, las empresas involucradas en el entramado se encontraban constituidas regularmente ante la Inspección General de Justicia, es decir, no estaban frente a empresas comúnmente llamadas ‘fantasma’.
