Un hombre fue condenado a dos años y medio de prisión en suspenso por el delito de insolvencia alimentaria fraudulenta, lo que resultó un fallo novedoso para un caso de violencia de género. Fue tras una investigación desarrollada por el fiscal Martín Perel, de la Fiscalía Nº 28 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fuentes judiciales informaron que, durante el juicio, la Fiscalía pudo probar que el imputado “actuó con malicia” con la finalidad de eludir sus obligaciones alimentarias respecto de su hijo desde aproximadamente el año 2014.
Asimismo, haciendo una profunda revisión de las declaraciones de testigos y las tareas que desarrolló el Cuerpo de Investigaciones Judiciales del Ministerio Público Fiscal, se pudo establecer que el hombre “cuenta con gran poder económico” y que traspasó gran parte de su patrimonio a otros familiares “para eludir el pago de los deberes alimentarios para con su hijo e impedir que la madre obtenga la cuota alimentaria acorde a su fortuna”, se precisó.
En la sentencia condenatoria, la jueza Cristina Lara, titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas Nº 21, enmarcó las maniobras evasivas para esconder el patrimonio y abultados ingresos como “una de las formas que adquiere la violencia de género, que es la violencia económica”.
La condena de dos años y medio de prisión en suspenso incluye el cumplimiento por el plazo de tres años de ciertas pautas de conducta, tales como prohibición de contacto y acercamiento a la denunciante, la realización de un taller de género y violencia intrafamiliar y otro taller de vínculos saludables y crianza responsable, y la ejecución de 120 horas de trabajos comunitarios, entre otras obligaciones.