Caso Diego Roda: el sorpresivo abreviado y la suspensión del juicio contra los policías que resta juzgar

El efectivo acusado de labrar el acta de aquella noche, Sergio Fabián Barrientos, acordó con la Fiscalía una pena en suspenso y no enfrentará el debate ante jueces técnicos. Los dos efectivos restantes, Diego Carreiras y Maximiliano Duarte, esperan ahora que se defina tribunal y nueva fecha de audiencia.

Se suspendió el juicio que resta para terminar de definir la situación de todos los efectivos policiales involucrados en la denominada cadena de complicidad para encubrir el crimen del comerciante Diego Roda, ocurrido en Ituzaingó en 2016.

El motivo de la cancelación del debate fue doble. Por un lado, que uno de los imputados, Sergio Fabián Barrientos, accedió a un juicio abreviado para evitar el debate técnico. En la acusación original hecha por el fiscal Marcelo Tavolaro, de la UFI Descentralizada N° 1 de Ituzaingó, fue quien redactó el acta oficial de todo lo actuado por la Policía aquella fatídica noche.

“En su carácter de Oficial de Servicio fue quien ofició de secretario de las actuaciones iniciales y así dio fe en el acta del 12 de septiembre de 2016 en la sede de la Comisaría de Ituzaingó II”, indica la argumentación en su contra. Ese fue el inicio del denominado “zafarrancho” que intentó ocultar la verdad sobre lo que pasó.

De qué fue acusado Barrientos y la condena que acordó

Según quedó establecido en la investigación, en ese documento Barrientos “omitió consignar las circunstancias que terminaran con la vida de Diego Roda, esto es, que Fernando Aníbal Grané y Gerardo Gabriel San Miguel habían efectuado disparos hacia el automóvil” en que viajaba la víctima fatal con su esposa, Virginia Tueso, y el bebé recién nacido de ambos.

Juicio por el crimen de Diego Roda
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El efectivo, asimismo, confeccionó las actas testimoniales del personal policial involucrado en el hecho “falseando el contenido de las mismas”. Y, como si esto fuera poco, el 23 de octubre de 2018 se presentó en la Fiscalía que investigó el caso y “prestó una declaración falsa, ya que continuó manteniendo su versión de los hechos que sabía que eran alejados de la verdad”.

Al aceptar un abreviado, que fue firmado por su abogado defensor y la fiscal de juicio Carolina Rodríguez (pese a que el imputado rechazó durante 10 años esa posibilidad) Barrientos asumió su responsabilidad frente a la acusación por las evidencias que había en su contra. Y así evitó el juicio técnico en donde la condena era inevitable.

La condena acordada fue de tres años de prisión en suspenso (no irá preso) y 6 de inhabilitación para ejercer cargos públicos. Además, por la Ley de Policía, una vez que se firme el fallo, quedará exonerado de la fuerza y perderá su estado policial.

Carreira y Duarte, a juicio sin fecha aún

El otro motivo de la suspensión del juicio fue que las dos personas que son consideradas para la justicia como particular damnificado, que en este caso son María del Carmen Peche y Virginia Tueso, madre y viuda de Roda, se excusaron de participar el día del inicio de este debate “por cuestiones de salud”, se informó oficialmente.

Además, porque los jueces designados se excusaron de intervenir en el proceso a raíz de que ya habrán fijado postura cuando firmen la sentencia a Barrientos. Ahora, para el juicio contra el actual comisario Diego Carreira y el oficial Maximiliano Duarte deberá fijarse una nueva integración de magistrados. Y antes del debate habrá que realizar una audiencia para que las partes readecuen la prueba específicamente respecto de estos imputados.

Como se recordará, a Diego Roda lo asesinaron la noche del 12 de septiembre de 2016 en medio de una persecución policial a dos delincuentes que habían robado una camioneta en Caseros. Lo que un jurado popular determinó en julio pasado -a casi una década del hecho- es que sea declarado culpable el principal acusado del crimen, Fernando Grané, exintegrante de la Policía Local de Ituzaingó.

Según pudo probarse, al comerciante lo asesinaron al confundirlo con los ladrones en un caso de gatillo fácil. Sin embargo, antes que recibiera la prisión perpetua que hubiera correspondido, el exuniformado murió en el Hospital San Juan de Dios de La Plata, a donde fue internado de urgencia a raíz de una descompensación general que padeció por un cuadro de base que era tuberculosis.

Las otras condenas por el asesinato de Diego Roda

La primera condena que hubo en el caso fue la de la expolicía Camila Fernanda Pazos, quien recibió la pena de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación absoluta por seis años para ejercer cargos públicos por los delitos de falso testimonio, encubrimiento agravado por la condición de funcionaria publica y falsedad ideológica de instrumento público.

Después, también en juicio abreviado, fueron condenados el excomisario Daniel Fernando Pérez, el exintegrante de la Policía Local de ese distrito Maximiliano Gastón Ramos, y la pareja de civiles compuesta por Alejandro Tomás Salomón y Johana Belén Vukman.

A los funcionarios policiales les cupo la pena de la pena de tres años de prisión en suspenso e inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos por el doble de tiempo de la condena (es decir, seis años) en orden a los delitos de encubrimiento agravado por ser el autor funcionario público, falsedad ideológica de documento público y falso testimonio.

Por su parte, a Salomón y a Vukman la sanción impuesta por la justicia fue de dos años de prisión en suspenso e inhabilitación absoluta por el doble de tiempo para ser parte de procesos judiciales, en ambos caos por los delitos de encubrimiento agravado por tratarse del hecho precedente un delito especialmente grave, falsedad ideológica de instrumento público y falso testimonio agravado condena y pagar las costas del proceso.

Por último, en abril de 2025, Gerardo Gabriel San Miguel recibió la pena de seis años de prisión y 12 años de inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos. El juez Carlos Roberto Torti, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 4 de Morón, le imputó al expolicía los delitos de disparo de arma de fuego agravado por tratarse de un funcionario policial en el ejercicio abusivo de su función, y, falsedad ideológica de documento público.

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