La sanción fue determinada por la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo luego de comprobar que la entidad financiera había debitado, en forma unilateral, discrecional y arbitraria, sumas de dinero de las cajas de ahorro de sus clientes, bajo el concepto de “Fondos de Reserva Alimentaria”. Esta conducta sistemática se produjo, en la mayoría de los casos, en cuentas bancarias que tenían depositadas transferencias del Estado Nacional, como el IFE y el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).
Esta acción por parte del Banco Patagonia representa infracciones a los artículos 4 y 19 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor ya que los usuarios no fueron informados debidamente de estas sustracciones y no se respetaron las condiciones de contratación del servicio convenidas en primera instancia. La entidad financiera fue notificada de la imputación, y a partir de entonces se inició el proceso sancionatorio a partir del cual pudo realizar su descargo frente a las autoridades.
Esta actuación se enmarca en la política de protección específica de las y los consumidores hipervulnerables, ya que el hecho de que las cuentas afectadas fueran depositarias del IFE, evidencia que los denunciantes se encontraban en situaciones de vulnerabilidad por circunstancias sociales y económicas, en el contexto de una pandemia mundial de público conocimiento.
Los consumidores que necesiten realizar denuncias podrán comunicarse al 0800 666 1518; escribir a [email protected] o en Twitter @DNDConsumidor. También ingresar sus reclamos por incumplimientos en https://www.argentina.gob.ar/iniciar-un-reclamo-ante-defensa-de-las-y-los-consumidores.