Diputados del bloque La Libertad Avanza presentaron un proyecto de ley en la Legislatura bonaerense que busca impedir que las multas de tránsito impagas o las deudas por tributos se conviertan en un obstáculo para obtener o renovar la licencia de conducir.
La iniciativa, redactada por el legislador Juan Osaba, apunta a modificar la legislación vigente y establecer una diferenciación entre las obligaciones económicas de los conductores y las sanciones vinculadas directamente con su aptitud para manejar.
La iniciativa propone modificar el artículo 8° de la Ley Provincial de Tránsito (13.927). En concreto, plantea que la Provincia y los Municipios no puedan exigir un certificado de libre deuda como condición para iniciar o completar los trámites destinados a obtener, renovar o gestionar un duplicado de la licencia.
Que una deuda no determine la capacidad para manejar
Según los fundamentos de la iniciativa, las multas de tránsito y las deudas tributarias “no deberían determinar” la posibilidad de acceder a un documento que tiene como finalidad acreditar que una persona se encuentra habilitada para conducir. “Utilizar el registro como mecanismo para forzar el pago de obligaciones económicas desvirtúa el objetivo de la licencia y no representa una herramienta efectiva para mejorar la seguridad vial”, fundamentaron.

El diputado Osaba, asimismo, planteó que “si una multa corresponde, el Estado debe contar con los mecanismos legales para exigir su pago”, al tiempo que criticó que se condicione la renovación de la licencia al cumplimiento de esas obligaciones.
La iniciativa establece además que las actas de infracción que se encuentren en trámite y las multas impagas que todavía no hayan sido juzgadas o que no cuenten con una sentencia firme y ejecutoriada no podrán impedir la realización del trámite. En esos casos, el organismo encargado de emitir la licencia podrá informar al solicitante sobre la existencia y el estado de sus antecedentes, pero esa información no podrá transformarse en una condición para obtener el registro.
El fallo judicial de Morón que declaró la inconstitucionalidad de la exigencia
En 2021, el Tribunal en lo Criminal N° 6 de Morón, integrado por los jueces Cristian Adrián Toto y Alejandro Rodríguez Rey, le dio la razón a un ciudadano que presentó un amparo para solicitar que le permitan renovar el registro de conducir sin la exigencia de abonar multas de tránsito.
En concreto, los magistrados fallaron a favor del reclamo iniciado por Pablo Augusto Barril y le ordenaron al Municipio de Morón “continuar con el trámite de renovación de la licencia” del vecino “absteniéndose de exigirle el pago en concepto de multas de tránsito”. Lo novedoso del veredicto, que ya tenía antecedentes en otras jurisdicciones, es que declaró la inconstitucionalidad de la cuestión administrativa.
En conversación con el programa Primer Plano por canal Somos, de Flow, uno de los magistrados que firmó el fallo explicó los alcances de la resolución.
“Nosotros no justificamos ni damos licencia para que se cometan infracciones”, reflexionó el juez Rodríguez Rey. “Cuando el ciudadano concurre al turno que le asignan, ahí toma conocimiento que tiene infracciones en su contra, cuando el Estado, a través de Apremios o de los jueces de faltas tendría que haber hecho el trámite que corresponde. Es decir: si un señor no paga no tiene la renovación. Se lo encontró culpable antes que cualquier debido proceso justo y legal”, completó.
Pero quizá lo más valioso del fundamento judicial radica en la mirada de equidad ante la ley y cómo afecta en lo individual esta medida. “Los Municipios afirman que lo hacen para que se respeten las normas. Pero pensaba en voz alta: yo tengo una multa, no tengo plata para pagarla y no puedo acceder a mi registro. En cambio, fulanito de tal anda a 200 kilómetros por hora y tiene 20 multas, pero como tiene plata las paga y accede al registro. No me parece correcto ni que esté bien eso”, cerró el magistrado.













