El Estado nacional deberá indemnizar a víctimas de la tragedia de Once

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron por inadmisibles, bajo el artículo 280 del Código Procesal en lo Civil y Comercial de la Nación, los recursos extraordinarios que habían presentado el Estado Nacional y la compañía aseguradora. Cuáles son los casos a los que alcanza el fallo.

La Corte Suprema de Justicia dejó firme la decisión de que el Estado Nacional indemnice a un grupo de víctimas de la tragedia de Once, ocurrida el 22 de febrero de 2012 y que provocó la muerte de 51 personas -una de ellas embarazada- y por la que fueron presos y condenados ex funcionarios y empresarios a cargo del servicio.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron por inadmisible, bajo el artículo 280 del Código Procesal en lo Civil y Comercial de la Nación, los recursos extraordinarios que había hecho el Estado Nacional y la compañía aseguradora.

Las causas en trámite fueron impulsadas, en expedientes separados, por Fabio Reynaldo Flamenco y Patricia Delgado Ferreira, ambos heridos, y José Luis Torres Amarilla, su esposa y su nieta menor de edad, a raíz de la muerte de su hija que iba en la formación del tren Sarmiento aquel día.

“Es un criterio que la Corte Suprema viene siguiendo en el caso de la tragedia de Once con otros planteos similares”, precisaron desde el máximo tribunal de justicia.

La tragedia que enlutó al país

El 22 de febrero de 2012, a las 8.33, la formación N° 3772 de la línea Sarmiento, identificada como Chapa 16, con unas 1200 personas a bordo, impactó contra los paragolpes de contención de la plataforma dos de la estación terminal de Once.

Los primeros tres coches se aplastaron entre sí. Murieron 51 personas, aunque hay familiares que consideraron que fueron 52 ya que una de las víctimas fatales estaba embarazada. Se contabilizaron, además, casi 800 heridos, muchos de los cuales fueron trasladados a trece hospitales de la ciudad de Buenos Aires. Al momento del hecho, el Estado Nacional mantenía un contrato de concesión de la línea Sarmiento con la empresa Trenes de Buenos Aires (TBA).

Los hechos dieron lugar a dos juicios, conocidos como Once I y Once II. En el juicio Once I, en 2014, el Tribunal Oral Federal 2 condenó a 21 acusados (18 empresarios, dos funcionarios y el conductor), y ordenó profundizar la investigación hacia más funcionarios. En 2018 la Cámara Federal de Casación Penal absolvió a uno de los condenados y redujo todas las penas restantes.

El fallo quedó firme en la Corte Suprema. En 2018, el llamado juicio por Once II absolvió al ex ministro de Planificación Julio De Vido por el estrago ferroviario y lo condenó por administración fraudulenta. La pena fue debatida en Casación y la Corte Suprema, que el año pasado dejó firme la condena a 4 años de cárcel. El ex funcionario quedó detenido desde entonces.

A raíz de lo sucedido, víctimas y familiares de personas fallecidas demandaron a la empresa TBA, al Estado Nacional -Ministerio de Planificación Federal-, a Marcos Córdoba, responsable de la formación, y a Liderar Compañía General de Seguros, con el objeto de obtener una indemnización por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia del siniestro.

Tragedia de Once: el caso de Fabio Flamenco, que subió al tren en Merlo

Entre ellos estaban Fabio Flamenco, quien abordó un tren en estación Merlo y cuyo testimonio nutrió la sentencia en la causa penal. Según contó, en el impacto fue “lanzado hacia adelante y aplastado por una masa humana incontenible”, lo que le ocasionó “politraumatismos y otras dolencias”. También Patricia Delgado Ferreira, que aparece en la primera lista de heridos de aquel 22 de febrero de 2012 trasladada a un hospital.

En otro expediente también iniciaron una demanda Torres Amarilla, su esposa y su yerno -en representación de su hija, por entonces era menor de edad- por la muerte de Sonia Torres Rolón quien falleció como consecuencia de la colisión.

Según la demanda, la mujer de 28 años abordó el tren en la estación Moreno y la formación que conducía Marcos Córdoba ingresó a la estación terminal “excediendo la velocidad permitida y no frenó a tiempo por negligencia en su conducción y/o deterioro o mal funcionamiento del sistema de frenos, produciéndose el impacto a una velocidad estimada de 20 km/h”.

Tragedia de Once
En la tragedia ocurrida el 22 de febrero de 2012 murieron 51 personas que viajaban en la formación del Sarmiento

Además, el paragolpes “no tenía el sistema hidráulico en funcionamiento”. El segundo vagón se “acaballó” y quedó incrustado casi 6 metros dentro del primer vagón donde viajaba Sonia Torres Rolón, quien murió instantáneamente a causa de politraumatismos y hemorragias internas.

Las condenas en ambos juicios

En primera instancia se condenó al Estado Nacional, a TBA, a Marcos Córdoba y a la compañía de seguros a abonar las indemnizaciones y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la decisión y en algunos casos elevó los montos.

Entre esos argumentos se ponderó que el maquinista había violado las reglas de buena conducción ferroviaria, que la empresa TBA no había controlado la operación del servicio y que contaba con una clase de freno que implicaba un riesgo mayor para la seguridad de formación, que la seguridad de la prestación del servicio era una responsabilidad compartida entre el concesionario y el concedente. Además, el Estado Nacional debía responder por haber omitido ejercer un control efectivo sobre el servicio prestado.

Contra esa decisión, el Estado Nacional interpuso recursos extraordinarios en donde insistió en cuestionar que se lo responsabilizara por los daños y subrayó que el siniestro se produjo por culpa del maquinista y de TBA que era quien debía velar por la seguridad de los pasajeros. La Corte Suprema rechazó los planteos por inadmisibles.

Marcos Córdoba recibió una pena de tres años y seis meses de prisión por el delito de estrago culposo, además de una inhabilitación de siete años para ejercer su trabajo

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